La demanda social surge por una necesidad insatisfecha.
Para el Estado capitalista sólo existe un derecho cuando hay una ley que lo avale. El Art. 14bis de la Constitución establece que el salario del trabajador debe garantizarle alimentación, vivienda, salud y educación a toda la familia. Pero, como no ha sido legislado, no se cumple y esa demanda no es considerada un derecho. A tal punto de resignación se ha llegado, que ya no existe ni siquiera como demanda y tan sólo se habla de recuperación salarial y creación de empleo. Sin embargo, se trata de una necesidad insatisfecha para un enorme porcentaje de trabajadores ocupados y desocupados.
El pasaje de demanda a derecho sólo se logra a través de la lucha, porque es a través de la acción cuando se toma conciencia de la arbitrariedad de los impedimentos a su obtención y, por oposición, de la legitimación de la demanda por una instancia superior como lo es un valor ético-moral: El respeto y defensa de una vida digna para todo ser humano.
Lógicamente, la viabilidad de toda lucha está condicionada por la correlación de fuerzas entre el Pueblo y las clases dominantes, pero también es cierto que la correlación de fuerzas no es una categoría estática, sino que encierra una dinámica que depende de la lucha. De cualquier manera, es correcto que siempre es necesario hacer una evaluación inicial, pero no debe confundirse dicho análisis con la caracterización de la realidad. Es decir, una evaluación de los dirigentes que caracterice la correlación de fuerzas como desfavorable para el Pueblo, no debe impedir la discusión profunda y generalizada en las bases de la necesidad de una reforma constitucional que determine, como lo hacía la del `49, la subordinación del Capital al bienestar general.